Subvenciones para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía - 2025
Convocatoria
Se convocan, en el ámbito de la Consejería de Cultura y Deporte (Agencia Andaluza de Instituciones Culturales) para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía, mediante el apoyo a las actividades que se desarrollen por las asociaciones y personas jurídicas sin ánimo de lucro y que estén relacionadas con la promoción, la divulgación y el conocimiento del flamenco como elemento de la cultura andaluza.
La finalidad de la presente convocatoria es subvencionar aquellas actividades que, desarrollándose en Andalucía, contribuyan de forma directa a la promoción, la divulgación y el conocimiento del flamenco como elemento de la cultura andaluza, entendiendo por tales las de representación pública, conciertos, recitales, conferencias, cursos, ediciones discográficas o bibliográficas y digitalización de cualquier documento gráfico, sonoro o audiovisual, relacionados con el arte flamenco en sus distintas modalidades, y sobre los que la entidad solicitante posea los derechos de propiedad intelectual.
Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las asociaciones y demás personas jurídicas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.
Quedan expresamente excluidas las federaciones de asociaciones.
Las entidades solicitantes deberán tener entre sus fines estatutarios el desarrollo y promoción de actividades que contribuyan a la promoción y divulgación del flamenco, estar inscritas en el Registro Público de Andalucía que corresponda en función de su naturaleza jurídica y tener domicilio social en Andalucía.
La dotación presupuestaria correspondiente a esta convocatoria de subvenciones asciende a 65.000,00 €. Dicha cuantía se distribuirá en dos anualidades atribuyendo el 50% a cada una de ellas, es decir, 32.500,00 euros con efectividad en caja en 2025 y 32.500,00 euros en 2026.
El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria será de 5.000,00 euros.
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2025 el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía.
Resolución en PDF (816 KB)
Publicación en el BOJA nº 111 de 12/06/2025
Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el año 2025, el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía al amparo de la Orden de 21 de marzo de 2018 (BOJA núm. 61, de 28 de marzo).
Extracto de la Resolución en PDF (160 KB)
Publicación en el BOJA nº 111 de 12/06/2025
Documentación a aportar
Anexo I - Solicitud (PDF autorrellenable 193 KB)
Anexo III - Modelo de presentación del presupuesto detallado y del plan de financiación (PDF autorrellenable 145 KB)
Anexo IV - Declaración de subcontratación/Solicitud Autorización gastos vinculados (PDF autorrellenable 119 KB)
Presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios telemáticos a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEA), siendo la dirección electrónica de envío https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, iniciándose su cómputo el 13/06/2025 y finalizando el 03/07/2025.
Realización de consultas
subvenciones.flamenco.aaiicc@juntadeandalucia.es
Preguntas frecuentes
Consultar preguntas sobre subvenciones para el flamenco en Andalucía
Bases reguladoras
Orden de 21 de marzo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía, modificada por la Disposición final decimosegunda del Decreto-Ley 13/2020,de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).